Sabemos que la responsabilidad es una de tus prioridades.

Seguros obligatorios

Tipo de pólizas obligatorios

Conocemos que tienes obligaciones de seguridad, por ello para ayudarte hemos preparado un seguro para cubrir cada una de esas necesidades en sus diferentes modalidades.

Atendemos

su consulta

PERMÍTENOS

ayudarte

SOAT ley 27181 MTC

Cubre la atención de manera inmediata e incondicional de las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y muerte. Los beneficios son para cada persona, ocupante o tercero no ocupante de un vehículo automotor asegurado.
Muerte c/u
Cuatro (4) UIT
Invalidez Permanente c/u hasta
Cuatro (4) UIT
Incapacidad Temporal c/u hasta
Una (01) UIT
Gastos Médicos c/u hasta
Cinco (5) UIT
Gastos de Sepelio c/u hasta
Una (01) UIT

(*) La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) será la vigente en el momento de
la ocurrencia del siniestro. Para el 2009 equivale a S/ 3,550.00. Consulte
el vencimiento de su SOAT: www.soat.com.pe

Vida ley

Decreto Legislativo No. 688
La ley obliga a todo empleador, la contratación de este seguro para todo trabajador con 04 años de servicios ininterrumpidos, cubre 16 remuneraciones por muerte natural y 32 remuneraciones por muerte accidental o invalidez por accidente, su incumplimiento genera una sanción por parte del Ministerio de Trabajo

Seguro complementario de trabajo riesgo

Ley 26790 – Modernización de la Seguridad Social en Salud Es el seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que deben ser contratados por empresas que realizan actividades de alto riesgo. Esta compuesto por:
+ SCTR SALUD:
Cubre atenciones médicas al 100% y sin límite a consecuencia de un accidente laboral, también las enfermedades profesionales y la rehabilitación o readaptación laboral del trabajador.
+ SCTR PENSION
Ampara lo siguiente: Indemnización por Invalidez Pensión de Sobrevivencia Pensión de Invalidez Gastos de Sepelio

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